¿Qué es el APH?
La ciudad tiene un Código de Planeamiento Urbano. En dicho Código se establece, por zonas, cuanto se puede construir en altura,qué zona es residencial, parque, etc..
Cuando una zona o edificio se nombra APH, no se lo puede modificar.
El CPU sólo se puede modificar por ley.
A continuación detallamos la parte del CPU que se aplicaría a nuestro parque, de probarse la ley.
CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO
5.4.12 DISTRITOS ÁREAS DE PROTECCIÓN HISTÓRICA - APH 1) Carácter: Este distrito abarca ámbitos que por sus valores históricos, arquitectónicos, simbólicos y ambientales posee un alto signi?cado patrimonial, siendo merecedores de un tratamiento de protección de sus características diferenciales. 2) Delimitación: Según Plano de Zoni?cación. 3) Parcelamiento: Se establecerá en particular en cada distrito. 4) Protección Especial “………….Continúa…………………”4.2. Proteccion ambiental: 4.2.1. Niveles de calidad ambiental. En función del grado de homogeneidad tipológico espacial, de la presencia en cantidad y calidad de edi?cios de valor histórico y de las condiciones espaciales y funcionales ofrecidas para el uso social pleno, se establecen tres niveles de calidad ambiental deseada, para áreas especiales de los distritos APH. 4.2.1.1. Nivel 1 / Ámbitos consolidados. Son aquellos espacios públicos que presentan situaciones espaciales de interés (pública y socialmente reconocido), en cuanto a sus proporciones, textura, escala, vistas, y tensiones; que poseen un conjunto patrimonial de signi?cantes arquitectónicos con referencias individuales de valor histórico-cultural; y que tienen un uso social pleno con lugares de encuentros y de lectura de los símbolos urbanos que alimentan la memoria colectiva del lugar y de la ciudad. “…………………………..”Continúa